sábado, 8 de octubre de 2016

Arreglo de la puerta del templo de Santurde



Arreglo de la puerta del templo de Santurde


A raíz del arreglo de la puerta del templo de Santurde, ha surgido la pregunta en alguna persona ¿Puede el ayuntamiento ayudar a la iglesia aportando dinero? Buena pregunta y aquí van algunas respuestas:
Para responder a la pregunta de a quien corresponde pagar las obras de una iglesia es necesario mirar hacia atrás en el tiempo y también en el ahora.
España desde los reyes católicos es un reino católico, es decir, la única religión que se podía vivir era la católica. Esto llevaba consigo que en los pueblos el ayuntamiento, representante de los vecinos y la parroquia, formada por los feligreses fueran al unísono. Además los vecinos eran feligreses pues todos estaban bautizados. Esto se vivió así hasta la constitución de 1978 del siglo pasado con dos interrupciones en las dos repúblicas.
Ahora la constitución declara que el estado es laico, es decir, que no se decanta por ninguna religión y que se protege la libertad religiosa.
Y esto se vive en el día a día por los vecinos de un ayuntamiento y por los feligreses de una parroquia.
Los feligreses en su día construyeron iglesias donde celebrar el culto, misas y bautizos y demás actividades. Y esas construcciones fueron obras de arte, así la iglesia parroquial de Santurde es un edificio de valor, pues merece valorar su interior y sus retablos e imágenes.
Ahora los feligreses, que no todos los vecinos, celebran allí sus cultos. Pero además los feligreses y los vecinos pueden acudir a contemplar la belleza de su edifico pues la constitución reconoce a todos los ciudadanos el poder disfrutar de la belleza del arte.
La decisión de que paguen las obras del edificio la parroquia, y los feligreses tienen su lógica pues en el edificio parroquial celebran sus vida religiosa.
Que aporte el ayuntamiento una cierta parte tiene también su lógica pues es su deber aportar para conservar los bienes artísticos.
Pero hay que tener en cuenta que, al ser los feligreses vecinos, también aportan a los fondos del ayuntamiento y por tanto aportan, además de como vecinos también como feligreses.
Será estupendo el aportar más opiniones. El tema lo merece. Podemos escribir…

Opinión sobre el arreglo…
La Iglesia y el Ayuntamiento son sociedades distintas y cada una tiene su fin, sus medios, sus metas. Cada una debe funcionar con sus medios.
Los cristianos tienen que pagar los gastos de la iglesia. Por eso, cuando haya algún servicio (boda, entierro,...) en la iglesia, se debe pagar el gasto  que supone no por el servicio sino por los gastos del local. Es preciso colaborar económicamente si queremos mantener el edificio y los servicios que presta (catequesis, charlas, atención abuelos, Cáritas, fiestas,…).
En el pueblo, los curas son unos más respecto del ayuntamiento: no conviene que participen como autoridad en los piscolabis del ayuntamiento, ni puestos especiales en actividades.
Así mismo en la iglesia el ayuntamiento es uno más, pueden participar en las misas como cristianos pero no ocupar primeros bancos como autoridad.
Habrá que pensar la forma de gastar menos: misas en sitios más pequeños, pasar más frio, ahorrar gastos,..
El ideal es que haya una colaboración mutua en cosas que atañen al pueblo, buscando su mejor bien.

Otra opinión sobre el arreglo…
La Constitución española dice en su SECCIÓN 1ª, Artículo 16, punto 3: Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones.
Por ello en 1979 se firmó el “ACUERDO ENTRE EL ESTADO ESPAÑOL Y LA SANTA SEDE SOBRE ASUNTOS ECONÓMICOS”que vino a sustituir el concordato de 1953 firmado con la dictadura de Franco.
Allí se recogen aspectos muy importantes como:
El ARTÍCULO I: La Iglesia Católica puede libremente recabar de sus fieles prestaciones, organizar colectas públicas y recibir limosnas y oblaciones. (Nuestro párroco podría pedir el dinero a sus feligreses).
O el ARTICULO II:
1. El Estado se compromete a colaborar con la Iglesia Católica en la consecución de su adecuado sostenimiento económico….
4. … el Estado consignará en sus Presupuestos Generales la adecuada dotación a la Iglesia Católica, con carácter global y único, que será actualizada anualmente. (El estado ya le da todos los años una partida presupuestaria a la Iglesia con la que debe organizarse y decidir sus prioridades, 250 millones de euros en 2015, y sin embargo ésta destina más dinero a 13TV que a Cáritas).
5. La Iglesia Católica declara su propósito de lograr por sí misma los recursos suficientes para la atención de sus necesidades…. (parece que todavía no lo ha conseguido pues sigue recibiendo esa aportación anual que supone unos 5 euros por español y año).
En los ARTÍCULOS III Y IV se detallan las exenciones fiscales que también ayudan a que el sostenimiento de la Iglesia sea posible. Por ello no estarán sujetas a los impuestos sobre la renta o sobre el gasto o consumo, según proceda (Además de los conceptos mencionados en el ARTÍCULO 1): la publicación de instrucciones, ordenanzas, cartas pastorales, boletines diocesanos y cualquier otro documento de las autoridades eclesiásticas y tampoco su fijación en los sitios de costumbre; la actividad de enseñanza en Seminarios, así como de las disciplinas eclesiásticas en Universidades de la Iglesia; o la adquisición de objetos destinados al culto. Otras exenciones a las que tienen derecho son: La exención total y permanente de la Contribución Territorial Urbana de los inmuebles como templos y capillas destinados al culto, y asimismo, sus dependencias o edificios y locales anejos destinados a la actividad pastoral, la residencia de los Obispos, de los Canónigos y de los Sacerdotes, o los locales destinados a oficinas, a Curia diocesana y a oficinas parroquiales, los Seminarios y las Universidades eclesiásticas, los edificios destinados primordialmente a casas o conventos. También hay exención total y permanente de los impuestos reales o de producto, sobre la renta y sobre el patrimonio; exención total de los Impuestos sobre Sucesiones y Donaciones y Transmisiones Patrimoniales, y algunos más…
Se ha estimado que entre aportaciones del estado y exenciones de impuestos se alcanza la nada despreciable cifra de 11000 millones de euros anuales, el 1% del PIB español.
Vistas las cifras el planteamiento debería ser ¿es de justicia social un REPAGO a la Iglesia cuando hay necesidades para con las personas, que el Estado o los ayuntamientos declaran ser incapaces de atender

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